Querétaro aprueba sanciones penales contra cobranza violenta y créditos “gota a gota”

El Pleno de la LXI Legislatura del Estado de Querétaro aprobó por unanimidad reformas al Código Penal estatal que tipifican como delito la cobranza extrajudicial violenta o intimidatoria, incluyendo prácticas asociadas a los créditos informales conocidos como “gota a gota”.
Las modificaciones consisten en la adición del Artículo 157‑Bis al Código Penal para crear el Capítulo III sobre Cobranza Extrajudicial Ilegal, con el objetivo de sancionar con claridad cualquier conducta que utilice violencia física o moral para exigir el pago de deudas, más allá de los mecanismos legales previstos.
Contenido de la reforma
Quien, por sí mismo, por interpósita persona o a través de cualquier medio, haga uso de violencia o intimidación ilícitas para exigir el pago de una deuda derivada de actividades reguladas, será sancionado con:
- Prisión de dos a seis años,
- Multa de 350 a 500 días multa,
- Y otras consecuencias legales establecidas por la ley.
Agravantes y casos especiales
Las penas pueden incrementarse hasta en una mitad en los siguientes casos:
- Cuando el responsable sea o se ostente como miembro de una organización delictuosa.
- Cuando la conducta se ejerza en contra de personas menores de edad, mayores de 60 años o con vulnerabilidad física o mental, como quienes no pueden comprender o resistir la situación.
El dictamen fue impulsado por la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, con el argumento de que la falta de una figura penal específica dificultaba la persecución de estos hechos y la protección de las víctimas. La aprobación de esta reforma dota a la Fiscalía General del Estado de Querétaro de herramientas legales claras para procesar delitos relacionados con la cobranza violenta o intimidatoria. #Noticias Querétaro




