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Diputados aprueban en lo general la llamada “Ley Antimemes”; oposición advierte riesgo de censura

La Cámara de Diputados aprobó este miércoles, en lo general, una reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor que establece nuevas reglas de responsabilidad para los proveedores de servicios de internet frente a infracciones cometidas por usuarios.

La reforma fue aprobada con 325 votos a favor, 114 en contra y una abstención. Morena, Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y Partido del Trabajo (PT) respaldaron el dictamen, mientras que PAN, PRI y Movimiento Ciudadano votaron en contra.

El proyecto modifica el artículo 114 Octies y adiciona los artículos 114 Nonies y 232 Septies de la Ley Federal del Derecho de Autor, con el objetivo de incorporar disposiciones sobre la llamada responsabilidad secundaria de los proveedores de servicios de internet.

La iniciativa fue enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum y plantea establecer obligaciones para los proveedores de servicios de internet y plataformas digitales cuando sus servicios sean utilizados para cometer infracciones relacionadas con derechos de autor.

Uno de los cambios contempla que los proveedores cuenten con una política pública para la terminación de la prestación del servicio a usuarios reincidentes en infracciones de derechos de autor. La propuesta establece que dicha política deberá ser conocida por los usuarios.

El dictamen también establece supuestos en los que un proveedor podría asumir responsabilidad secundaria por una infracción cometida por sus usuarios, entre ellos cuando contribuya, induzca o cause la conducta infractora teniendo conocimiento de ella, o cuando tenga capacidad de control sobre el usuario infractor y obtenga un beneficio financiero directamente relacionado con la conducta.

La reforma mantiene además el esquema denominado “puerto seguro”, bajo el cual los proveedores pueden quedar exentos de responsabilidad por determinados contenidos generados o transmitidos por terceros cuando cumplen las condiciones previstas en la legislación. El dictamen plantea reglas adicionales para conservar esa protección.

Entre las conductas que contempla la reforma se encuentran infracciones relacionadas con obras, imágenes, voces, videogramas y fonogramas protegidos por derechos de autor, incluidos determinados contenidos modificados o alterados mediante herramientas tecnológicas o inteligencia artificial sin autorización del titular correspondiente.

Las sanciones contempladas incluyen multas de hasta 40 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) en determinados supuestos. Con el valor de la UMA de 2026, ese monto supera los 4.6 millones de pesos. Las sanciones serían aplicadas por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), de acuerdo con los supuestos establecidos en la reforma.

La propuesta ha sido denominada públicamente “Ley Antimemes”, principalmente por sus posibles efectos sobre contenidos digitales que utilizan fotografías, ilustraciones, videos, música, personajes u otras obras protegidas por derechos de autor.

Sin embargo, el dictamen no establece una prohibición general para crear, publicar o compartir memes, ni crea una categoría jurídica denominada “meme”. La controversia se concentra en las obligaciones que impondría a las plataformas y proveedores cuando existan infracciones a derechos de autor.

Durante la discusión, legisladores de PAN, PRI y Movimiento Ciudadano advirtieron que las nuevas obligaciones y las sanciones económicas podrían incentivar a las plataformas a utilizar mecanismos automatizados para detectar y retirar contenidos ante el riesgo de ser sancionadas.

La oposición señaló que esa situación podría afectar contenidos legítimos como memes, parodias, sátiras, publicaciones periodísticas y críticas políticas cuando incorporen materiales protegidos por derechos de autor. Entre quienes expresaron estos señalamientos estuvieron legisladores como Kenia López Rabadán, Gibrán Ramírez y Rubén Moreira.

Organizaciones de derechos digitales también han cuestionado el alcance de las disposiciones. Artículo 19 señaló que términos como “contribuir”, “inducir” o “causar” una conducta infractora podrían generar incertidumbre sobre las obligaciones de los proveedores y, desde su perspectiva, incentivar mecanismos de monitoreo y retiro preventivo de contenidos.

En contraste, legisladores de Morena defendieron la reforma como una medida para fortalecer la protección de los derechos de autor y enfrentar la distribución de contenidos protegidos sin autorización en internet.

Durante la presentación del dictamen, la diputada Claudia Selene Ávila Flores, de Morena, sostuvo que la reforma responde a los cambios en la forma en que se crean, distribuyen y consumen obras protegidas por derechos de autor.

El dictamen señala que, de acuerdo con información de la Asociación Protectora de Derechos Intelectuales Fonográficos (APDIF), entre 2023 y 2024 fueron eliminados 127 millones 151 mil 955 contenidos infractores de plataformas digitales, mientras que durante 2024-2025 se reportó la eliminación de 72 millones 406 mil 879 contenidos.

La Cámara de Diputados también rechazó previamente tres mociones suspensivas presentadas por legisladores del PAN, PRI y Movimiento Ciudadano, con las que buscaban detener la discusión y devolver el proyecto a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad.

La reforma aún debe completar su proceso legislativo antes de entrar en vigor. Tras su aprobación en lo general, la Cámara de Diputados debe discutir y votar los artículos reservados en lo particular; si el dictamen es aprobado en esos términos, continuará con los trámites correspondientes para su publicación y entrada en vigor. En caso de que durante la discusión se modifique el proyecto, tendría que seguir el procedimiento legislativo que corresponda para resolver las diferencias entre ambas cámaras.

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