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Nacionalidad única para aspirar a la Presidencia, gubernaturas y Jefatura de Gobierno avanza en 20 congresos

La reforma constitucional que establece la nacionalidad mexicana exclusiva como requisito para aspirar a la Presidencia de la República, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México ya fue aprobada por 20 congresos locales, informó este jueves la consejera jurídica de la Presidencia, Luisa María Alcalde.

Con este respaldo, la propuesta promovida por la presidenta Claudia Sheinbaum avanza en la última etapa del procedimiento establecido para modificar la Constitución, después de haber sido aprobada por la Cámara de Diputados y el Senado de la República.

La iniciativa modifica los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución para establecer que quienes busquen ocupar la Presidencia, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México deberán ser mexicanos por nacimiento y no contar con otra nacionalidad al momento de solicitar el registro de su candidatura.

¿Qué establece la reforma?

El texto aprobado señala que las personas que aspiren a alguno de estos cargos deberán tener únicamente la nacionalidad mexicana.

En caso de contar con otra nacionalidad, deberán renunciar a ella antes de solicitar su registro como candidatas o candidatos.

La restricción no se limitaría al momento de la candidatura. Durante el ejercicio del cargo, la persona tampoco podría adquirir o solicitar otra nacionalidad, ni invocar ante autoridades extranjeras una nacionalidad distinta de la mexicana.

La reforma también contempla que quien ocupe alguno de estos cargos no podrá utilizar un pasaporte o documento de identidad expedido por otro Estado, ejercer derechos políticos derivados de otra ciudadanía ni acogerse a la protección diplomática de otro país.

No elimina la doble nacionalidad para todos los mexicanos

La modificación constitucional no establece una prohibición general para que los mexicanos tengan doble nacionalidad.

El requisito se dirige específicamente a quienes pretendan ocupar la titularidad del Poder Ejecutivo federal o de los poderes ejecutivos estatales y de la Ciudad de México.

El Congreso de Tamaulipas, por ejemplo, precisó al aprobar la minuta que la propuesta no constituye una prohibición general de la doble nacionalidad, sino un requisito específico para quienes aspiren a esos cargos.

Por lo tanto, una persona mexicana podrá continuar teniendo otra nacionalidad bajo las reglas generales, pero no podría registrarse para la Presidencia, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno mientras conserve esa segunda nacionalidad, de aprobarse definitivamente y entrar en vigor la reforma.

La reforma ya pasó por ambas cámaras del Congreso de la Unión

La propuesta fue presentada por el Ejecutivo Federal el 1 de septiembre de 2026.

La Cámara de Diputados la aprobó el 22 de septiembre y la turnó al Senado para continuar con el procedimiento constitucional.

El Senado aprobó el dictamen el 29 de septiembre. En la votación en lo general y de los artículos no reservados obtuvo 86 votos a favor y 42 en contra; posteriormente, en lo particular, fue aprobado con 86 votos a favor y 43 en contra.

Una vez aprobado por el Congreso de la Unión, el proyecto fue enviado a las legislaturas estatales para cumplir con el procedimiento de reforma constitucional previsto en el artículo 135.

¿Por qué se requieren los congresos estatales?

Al tratarse de una modificación constitucional, no basta con la aprobación de diputados y senadores.

El artículo 135 establece que las reformas a la Constitución deben ser aprobadas por el Congreso de la Unión y por la mayoría de las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México.

En este caso, la mayoría se alcanza con 17 legislaturas, por lo que los 20 congresos locales reportados por Alcalde representan un número superior al mínimo requerido.

El Sistema de Información Legislativa registra que la minuta fue turnada a los congresos locales el 29 de septiembre y mantiene el seguimiento de los votos emitidos por las legislaturas estatales.

La aplicación comenzaría en 2028

Uno de los puntos relevantes de la reforma es su régimen transitorio.

El texto aprobado establece que las nuevas disposiciones serán aplicables a partir del proceso electoral correspondiente a 2028.

Esto significa que el requisito de nacionalidad mexicana exclusiva no se aplicaría a procesos electorales anteriores a ese año.

Además, una vez que entre en vigor el decreto, el Congreso de la Unión tendrá 90 días naturales para realizar las adecuaciones correspondientes a la Ley de Nacionalidad y a la legislación electoral.

Las entidades federativas también tendrán un plazo de 90 días naturales para armonizar sus constituciones y sus respectivas leyes electorales con las nuevas disposiciones.

Entre las legislaturas que han aprobado la minuta se encuentran las de Chiapas, Ciudad de México, Colima, Estado de México, Guerrero, Hidalgo, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Veracruz y Yucatán. La consejera jurídica de la Presidencia, Luisa María Alcalde, informó que el respaldo ya suma 20 congresos locales, con lo que se supera la mayoría requerida por la Constitución para continuar con el procedimiento de reforma.

Fotos: Senado

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