Cuando la vi0lencia no tiene edad: el desafío de México ante crímen€s cometidos por adolescentes

Dos hechos ocurridos en extremos opuestos del país han colocado a México frente a una de las discusiones más incómodas y complejas de los últimos años: ¿está preparado el sistema de justicia para adolescentes para responder a delitos de una violencia que hasta hace poco parecía impensable en la infancia y la adolescencia?
En Mexicali, Baja California, tres adolescentes —de 16, 15 y apenas 13 años— son investigados por el homicidio de un militar retirado que trabajaba como conductor de una plataforma digital. De acuerdo con la investigación, la víctima fue emboscada, recibió un disparo en la cabeza, su cuerpo fue incendiado y parte de lo ocurrido fue grabado con teléfonos celulares entre risas y burlas, según los primeros reportes de las autoridades.
Mientras tanto, en Zacatecas, una niña de diez años fue trasladada de emergencia en helicóptero a una unidad de cuidados intensivos tras sufrir una agresión física y sexual de extrema violencia. La Fiscalía estatal investiga la probable participación de un adolescente de 13 años.
Ambos casos han generado una profunda conmoción social, no sólo por la brutalidad de los hechos, sino porque han puesto sobre la mesa una interrogante que divide opiniones: ¿hasta dónde debe llegar la protección jurídica de quienes, por su edad, aún son considerados adolescentes cuando enfrentan acusaciones por delitos de extrema gravedad?
El sistema de justicia penal para adolescentes en México fue construido bajo un principio constitucional y convencional claro: las personas adolescentes se encuentran en una etapa de desarrollo y, por ello, las medidas aplicables deben privilegiar su reintegración social sobre el castigo. Ese modelo responde a estándares internacionales de derechos humanos y parte de la premisa de que quienes delinquen durante esta etapa poseen una mayor capacidad de rehabilitación.
Sin embargo, cuando las investigaciones describen conductas que implican planeación, extrema violencia, deshumanización de las víctimas o agresiones sexuales particularmente graves, ese modelo comienza a ser cuestionado por una parte importante de la sociedad, que considera insuficientes las respuestas previstas por la legislación vigente.
En el caso de Mexicali, la sanción máxima que podría imponerse dependerá de la edad específica de cada uno de los adolescentes y de la clasificación jurídica de los delitos que eventualmente determine un juez especializado. En el caso de Zacatecas, la situación ha generado todavía mayor debate, ya que la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes establece que quienes tienen entre 12 y menos de 14 años sí pueden ser sujetos de un proceso especializado, pero no pueden recibir como sanción una medida de internamiento. En estos casos, la legislación privilegia medidas socioeducativas, de orientación, supervisión y atención especializada.
Es precisamente en ese punto donde surge la discusión pública. Para numerosos especialistas, víctimas y ciudadanos, el marco jurídico fue diseñado bajo una realidad social distinta a la que enfrenta actualmente el país, marcada por el crecimiento de la violencia, la influencia del crimen organizado en algunas comunidades, la normalización de contenidos violentos en redes sociales y la incorporación cada vez más temprana de adolescentes a dinámicas delictivas.
Ello no significa desconocer que muchos adolescentes involucrados en conductas ilícitas provienen de contextos de abandono, violencia familiar, adicciones o reclutamiento por organizaciones criminales. Tampoco implica renunciar a los principios de reinserción social que sustentan el sistema especializado. Sin embargo, los casos recientes han reavivado la discusión sobre si la legislación mantiene un equilibrio adecuado entre la protección de los derechos de las personas adolescentes y el derecho de las víctimas a acceder a una justicia proporcional a la gravedad de los hechos.
Las manifestaciones realizadas por conductores de plataformas digitales en Mexicali y las movilizaciones ciudadanas convocadas en Zacatecas reflejan precisamente esa preocupación. Más allá del impacto mediático de ambos casos, numerosos ciudadanos han expresado que la legislación vigente deja una sensación de desprotección cuando los presuntos responsables de actos particularmente crueles son adolescentes.
La discusión, por tanto, ya no gira únicamente en torno a aumentar sanciones o endurecer castigos. El verdadero desafío consiste en determinar si el modelo de justicia para adolescentes vigente en México sigue respondiendo adecuadamente a las nuevas expresiones de violencia o si resulta necesario revisar algunos de sus alcances, siempre respetando los derechos humanos y los compromisos internacionales asumidos por el Estado mexicano.
Porque proteger a la infancia y a la adolescencia continúa siendo una obligación constitucional. Pero también lo es garantizar que las víctimas y sus familias encuentren una respuesta de justicia que resulte proporcional frente a delitos cuya violencia ha comenzado a desafiar incluso los límites para los que fue diseñado el sistema jurídico mexicano.




