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SAT impondrá multas de más de 11 mil pesos a contribuyentes que no activen el Buzón

La medida comenzará a aplicarse a partir del 1 de enero de 2026; el plazo para cumplir vence el 31 de diciembre de 2025
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que a partir del 1 de enero de 2026 comenzará a aplicar multas económicas a los contribuyentes que no tengan activado o actualizado su Buzón Tributario, una herramienta obligatoria para recibir notificaciones fiscales oficiales.

La autoridad fiscal reiteró que el 31 de diciembre de 2025 es la fecha límite para cumplir con esta obligación, sin que hasta el momento se contemple una nueva prórroga.

Qué es el Buzón Tributario y por qué es obligatorio

El Buzón Tributario es el medio electrónico oficial mediante el cual el SAT notifica a los contribuyentes sobre requerimientos, avisos, actos administrativos y resoluciones fiscales.

Su activación es obligatoria para la mayoría de las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

No contar con este buzón activo o no tener actualizados los medios de contacto se considera una infracción fiscal, conforme a lo establecido en el Código Fiscal de la Federación.

Multas por no activar el Buzón Tributario

De acuerdo con los artículos 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación, el SAT puede imponer sanciones económicas a quienes incumplan con esta obligación.
Las multas van de:
3 mil 850 pesos, como monto mínimo
11 mil 540 pesos, como sanción máxima
Estas sanciones podrán aplicarse desde el primer día de enero de 2026 a quienes no hayan activado o actualizado su Buzón Tributario.

Quiénes están obligados a cumplir

Deben activar el Buzón Tributario:
Personas físicas con actividad económica
Personas morales (empresas)
Contribuyentes con obligaciones fiscales vigentes
Aunque existen algunas excepciones, como contribuyentes sin actividad económica o con ingresos mínimos, el SAT recomienda habilitar el buzón para evitar problemas administrativos o sanciones futuras.

Otras consecuencias del incumplimiento
Además de la multa económica, el SAT puede considerar que el contribuyente se niega a recibir notificaciones, lo que faculta a la autoridad a realizar notificaciones por estrados públicos. Esto puede derivar en retrasos, desconocimiento de procedimientos fiscales y complicaciones legales.

Para evitar sanciones, el SAT recomienda:
Activar el Buzón Tributario antes del 31 de diciembre de 2025
Registrar y mantener actualizado un correo electrónico y número de teléfono móvil
Verificar que la contraseña y la e.firma estén vigentes
Revisar periódicamente las notificaciones recibidas.

Foto: SAT

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